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Preguntas frecuentes

BPS
:

¿En qué momento deben estar vigentes los certificados expedidos por el BPS o CUD?

Tanto el Certificado Especial de Bps, así como el CUD se solicitan para enajenar o gravar bienes, por lo tanto deben estar vigentes al momento del otorgamiento del contrato, no al momento de la inscripción registral.

¿Puede el vendedor de un vehículo de carga o transporte público de pasajeros declarar que no es contribuyente al BPS?

Si el vendedor de uno de esos vehículos no es contribuyente al Bps, puede declarar bajo juramento tal circunstancia, de acuerdo al decreto 152/91. Tenga presente el principio de insubsanabilidad, ya que la inscripción registral no implica regularización de las eventuales deudas que pueda tener el enajenante ante el BPS. La única excepción corresponde a las Sociedad Anónimas que no pueden declarar no ser contribuyentes del BPS (Resolución DGR Nº 62/14).

¿Se requiere Certificado Especial para la prenda de vehículos de carga o transporte público de pasajeros ?

En la prenda de vehículos automotores siempre se controla, la declaración jurada negativa del dador prendario, en caso de no ser contribuyente, o el Certificado Único del BPS en caso de serlo, sin importar si el vehículo automotor prendado esté afectado a actividades de carga o transporte público de pasajeros. El Certificado Especial se controla únicamente para la prenda agraria o industrial en el Registro de Prendas sin desplazamiento (Base subjetiva).

¿En las empresas registradas ante BPS y DGI como unipersonales, se controla el consentimiento conyugal, previsto en el art. 29 de la ley 16.871?

La denominación de empresa unipersonal corresponde a la clasificación que dichos organismos hacen de sus contribuyentes. A los efectos jurídicos y registrales la empresa unipersonal recibe el mismo tratamiento que las personas físicas, careciendo de personería jurídica. Por lo tanto corresponde el consentimiento conyugal para enajenar o gravar vehículos automotores.

El vendedor declaró por error que era contribuyente al BPS y DGI. ¿Cómo soluciono ese error?

Si el vendedor declaró que era contribuyente cuando no lo era, necesariamente debe otorgar declaratoria rectificando dicha declaración. No se admite la certificación notarial acreditando una situación distinta a la declarada.

¿Se realizan los controles de BPS y CUD para los cónyuges no administradores?

Los controles respecto del BPS y CUD se realizan únicamente respecto de los cónyuges administradores de bienes gananciales. Estos son quienes adquirieron el bien, no correspondiendo dichos controles a los cónyuges que concurren al otorgamiento a brindar su consentimiento, aunque comparezcan integrando la parte vendedora. (Resolución DGR Nº 55/00).

Se va otorgar una prenda en la que el dador no es contribuyente del BPS, pero sí lo es el deudor. ¿Se controlan los certificados en este caso?

Los controles registrales son para la constitución de la prenda. Quien prenda es el dador, no el deudor, por lo tanto, en caso de que el contribuyente sea el deudor, basta con la declaración jurada negativa del dador de no ser contribuyente al BPS.

Se escritura un vehículo de carga o transporte público en cumplimiento de un contrato de leasing. ¿Se controla el Certificado Especial por la Institución Financiera?

De acuerdo al artículo 664 de la ley 16.170 el control del Certificado Especial del Bps se realiza para todos los contribuyentes, incluso para la Institución Financiera.

CUD:
 

¿ En qué momento deben estar vigentes los Certificados expedidos por el BPS o CUD ?

Tanto el Certificado Especial de Bps, así como el CUD se solicitan para enajenar o gravar bienes, por lo tanto deben estar vigentes al momento del otorgamiento del contrato, no al momento de la inscripción registral.

¿Puede el vendedor de un vehículo de carga (camiones) o transporte público de pasajeros (ómnibus, taxi, etc.) declarar que no es contribuyente a DGI ?

Si el vendedor de uno de esos vehículos no es contribuyente a DGI, puede declarar tal circunstancia. Tenga presente el principio de insubsanabilidad, ya que la inscripción registral no implica regularización de las eventuales deudas que pueda tener el enajenante ante DGI por concepto de IRAE o IMEBA.

¿En las empresas registradas ante BPS y DGI como unipersonales, se controla el consentimiento conyugal, previsto en el artículo 29 de la ley 16.871?

La denominación de empresa unipersonal corresponde a los referidos organismos. A los efectos jurídicos y registrales la empresa unipersonal recibe el mismo tratamiento que las personas físicas, careciendo de personería jurídica. Por lo tanto, corresponde el consentimiento conyugal para enajenar o gravar vehículos automotores.

El vendedor declaró por error que era contribuyente al BPS y DGI. ¿Cómo lo soluciono?

Si el vendedor declaró que era contribuyente cuando no lo era, necesariamente debe otorgar declaratoria rectificando dicha declaración. No se admite la certificación notarial acreditando una situación distinta a la declarada.

¿Se realizan los controles de BPS y CUD para los cónyuges no administradores ?

Los controles respecto del BPS y CUD se realizan únicamente respecto de los cónyuges administradores de bienes gananciales. Estos son quienes adquirieron el bien, no correspondiendo dichos controles a los cónyuges que concurren al otorgamiento a brindar su consentimiento, aunque comparezcan integrando la parte vendedora. (Resolución DGR Nº 55/00).

Se otorga una prenda en forma simultánea a la compraventa. ¿Se controla el CUD ?

Si la prenda es simultánea al otorgamiento, no se controla el CUD.

Se va otorgar una prenda en la que el dador no es contribuyente del BPS, pero sí lo es el deudor. ¿Se controlan los certificados ?

Los controles registrales son para la constitución de prendas. Quien prenda es el dador, no el deudor, por lo tanto en caso de que el contribuyente sea el deudor, basta con la declaración negativa del dador de no ser contribuyente a IRAE e IMEBA.

Se enajena un vehículo empadronado a nombre distinto del titular registral. El titular es contribuyente a IRAE e IMEBA, pero el municipio no expide el CUD al no figurar el titular registral en la intendencia. ¿Cómo realizo el control del CUD ?

No puede obviarse en control del CUD en este caso, por no figurar el titular registral, hoy enajenante o dador prendario, en el municipio como titular municipal, ya que éste es un Certificado que acredita que el enajenante o dador no mantienen ningún adeudo con el municipio por cualquier concepto (patente de ese vehículo u otros o contribución inmobiliaria). En caso de que el municipio no pueda expedir el CUD, el Registro aceptará en su lugar, el certificado previsto en el art. 8 del Decreto 502/07 que acredite la imposibilidad de expedirlo con los mismo efectos registrales.

¿Se realiza el control del CUD en las compraventas en cumplimiento de leasing ?

Sí, se controla por la parte compradora (ex usuario) el correspondiente certificado o la correspondiente declaración negativa.

SOA:

Se va a enajenar un vehículo que no tiene seguro vigente, ya que las placas del mismo fueron entregadas a la Intendencia. ¿El Registro inscribe esa venta?

En este caso bastará que se certifique que se tuvo a la vista la documentación municipal que acredita que las placas fueron entregadas al municipio.

¿En qué momento debe estar vigente el SOA? Al momento del otorgamiento de la compraventa o prenda, o al momento de la inscripción?

El SOA debe estar vigente al momento de la inscripción registral.  

PRIMERA INSCRIPCION:

Tengo que inscribir una compraventa donde quien vende no es el titular municipal. ¿El Registro observará esa venta?

En la primera inscripción de compraventa de auto usado debe vender el titular municipal o quien acredite legitimación mediante certificación notarial (Resolución 264/98 de DGR). En el caso de no poder acreditarse dichos extremos el documento quedará con inscripción provisoria.

Se va a inscribir una venta de un vehículo sin título registrado. El vehículo se empadronó 0 km en un departamento, pero ahora está empadronado en otro. ¿Cuál es la sede competente, la primera o la actual?

La sede competente es aquella donde el vehículo está empadronado al momento de la inscripción del documento, no al momento del otorgamiento. Se deberá presentar tantos certificados de antecedentes municipales como departamentos estuvo empadronado el vehículo, reservándose el Registro el derecho de solicitar los respectivos certificados registrales.

¿Puede el Registro solicitar certificado de antecedentes municipales en la venta de un vehículo automotor 0 Km?

Siempre que hay una primera inscripción, el Registro se reserva el derecho de solicitar los antecedentes municipales, a los efectos de garantizar los principios de territorialidad, matriculación y publicidad.

RETIRO DE CIRCULACION:

Hay dos actos inscribibles respecto del Retiro de Circulación, que están regulados por el art. 24 de la ley 16.871 y por el art. 23 del decreto 99/98. Por lo que existen dos tipos de comunicación

I) El inciso 1º del art. 24 prevé la comunicación del propietario que resuelva retirar definitivamente de circulación de un automotor. En este caso debe comunicarlo al Registro siempre que exista título inscripto. Si no hay título inscripto no se recibe la comunicación. Requisitos: – Se presenta nota del propietario con firmas certificadas comunicando al Registro el retiro definitivo de circulación. – Se adjunta el título de propiedad para su posterior anotación por parte del Registro. – Se adjunta la documentación municipal de la que surja el retiro de circulación.

II) El inciso 2º del art. 24 prevé la comunicación de la institución aseguradora de que se procedió a la indemnización por destrucción total o desaparición del vehículo. En este caso puede efectuarse la comunicación no existiendo título inscripto. Requisitos: – Se presenta nota de la Institución Aseguradora con firmas certificadas, comunicando que se procedió al pago de la indemnización por destrucción total o hurto. En ambos casos no corresponde el pago de tasa registral, ni se realiza ningún tipo de control fiscal.