CERTIFICADO ESPECIAL DE BPS:
A los contribuyentes que a la fecha del acto que motiva la solicitud, no registren adeudos de especie alguna con el Banco de Previsión Social, se les expedirá un certificado especial, que será exigible y habilitará para:
1) Enajenar total o parcialmente o ceder promesas de enajenación de establecimientos comerciales, industriales o agropecuarios, inclusive la enajenación de alguno de sus giros o elementos de producción.
2) Enajenar total o parcialmente, ceder promesas de enajenación, disolver, liquidar, clausurar, fusionar, absorber, escindir o transformar empresas unipersonales o sociedades comerciales, industriales o agropecuarias, cualquiera sea la forma jurídica adoptada.
3) Enajenar vehículos de transporte de pasajeros de uso públicos tanto colectivo como individual o de transporte de carga.
4) Enajenar o gravar bienes inmuebles o ceder promesas de enajenación de dichos bienes con excepción de las situaciones previstas en el artículo 10 de decreto reglamentario 951/975, que se regirán por el numeral 9 del artículo 663 de la presente ley.
5) Enajenar o gravar diques flotantes, aeronaves o buques y demás embarcaciones, con excepción de las dedicadas a la actividad deportiva.
6) Otorgar contratos de prenda agraria o industrial, con excepción de los referidos a los vehículos incluidos en el numeral 8 del artículo 663 de la 16170.
Los certificados previstos por los artículos 663 y 664 de la presente ley, tendrán una vigencia de ciento ochenta días corridos a partir del día siguiente a su expedición.
En relación a los vehículos incluidos en el Punto 3 (transporte de pasajeros o transporte de carga) corresponde la inscripción cuando los mismos son afectados a la actividad de la empresa. No solo es una exigencia de BPS la inscripción, sino que es necesario para poder solicitar el correspondiente Certificado Especial.
Luego de la desafectación de la actividad de la empresa para los mencionados vehículos debe realizarse la Baja, trámite por el cual la empresa notifica a BPS que los vehículos ya no se encuentran afectados a la actividad o directamente la venta del mismo.
Hola, te hago una consulta. Quiero adquirir un camion liviano (rueda simple, menos de 4000Kg.) que un particular compro a una empresa.
Puedo tener algun inconveniente en BPS? El particular al que se lo voy a comprar, es el propietario del vehiculo hace 3 meses, periodo durante el cual el camion no estuvo registrado en BPS por empresa.
Muchas gracias.
Buen dia. Es necesario ver en detalle la documentacion para poder brindarle una respuesta adecuada. Cualquier cosa nos puede contactar al 24002797. Saludos