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Según la legislación vigente, la mayor carga fiscal de los automóviles es el Impuesto Específico Interno (Imesi) que aplica tasas diferenciadas dependiendo de la cilindrada del coche, si es a nafta o gasoil, y si es un vehículo utilitario.

Además, pagan otros tributos a los que deben sumarse para llegar al precio final los gastos de despacho, la comisión del concesionario y la ganancia del importador.

Carga impositiva:

Imesi – Automóviles a nafta.
Tasa de 23% hasta 1.000 cc.
Tasa de 28,75% entre 1.001 cc y 1.500 cc.
Tasa de 34,5% entre 1.501 cc y 2.000 cc.
Tasa de 46% para mayores cilindradas.

Imesi – Automóviles a gasoil.
Tasa global de 115%.

Utilitarios.
Los contribuyentes de IRAE e Imeba pagan:
6% hasta 1.600 cc.
11,5% en mayores cilindradas en vehículos a nafta.
34,7% para gasoil.

Otros.
IVA del 22%.
Arancel de importación de 23% del valor (excepto Mercosur y México)
Tasa Consular del 5%.