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Información de interés a la hora de adquirir un Vehículo Automotor.


¿Corresponde asesorarse con un escribano cuando se compra un vehículo?
Sí, es necesario recurrir al escribano de confianza a estos efectos.
Suele pasar que en la ansiedad por pagar y disfrutar cuanto antes el vehículo dejamos para más adelante hacer el título, desconociendo las consecuencias de esta omisión. Incluso, existe la creencia que cuando se adquiere un vehículo 0 km. no se requiere el título.
También se produce el caso de quienes consultan al escribano por eventuales prendas o embargos del vehículo y cuando se les informa que está bien, lo pagan y no regresan a la escribanía para efectivizar la titulación.

¿Qué importancia tiene para el vendedor que el comprador haga el título del vehículo que le compra?
Si quien compra un auto no hace el título a su favor, el bien sigue estando en el patrimonio del vendedor, y si por ejemplo, el vehículo participa en un accidente, es al propietario (vendedor) a quien van a reclamar los daños causados por ese accidente y sobre el recaerán las responsabilidades. Por ello, resulta de suma importancia que el vendedor exija a quien compra, que haga el título de propiedad, para que el bien no siga estando en su patrimonio y pueda liberarse de responsabilidades que pudiera enfrentar por futuras acciones de quien hoy compra.

¿Qué importancia tiene para el comprador hacer el título y tener el vehículo a su nombre?
Cuando el comprador decide hacer el título en el preciso momento que adquiere el vehículo, el escribano gestiona la información registral y asegura que en ese momento quien vende no tiene un embargo genérico y/o que el vehículo no tiene una prenda o embargo específico. Pero si se paga el precio y se dilata la titulación puede que le ingrese un embargo al vendedor o al bien, y ese auto queda afectado por el embargo, generando una pérdida para la persona que realizó la inversión en la compra. Con el título automotor, el bien queda fuera del alcance de los acreedores del vendedor.

¿La situación es la misma cuando adquiero una moto?
Lo mismo sucede con las motos.
Si salimos un poco del tema del embargo, que tampoco le es ajeno, es común que dos personas concurran a la Intendencia Municipal solicitando la transferencia de la moto de uno a favor del otro, sin documentar la “compraventa” realizada. En este caso, además de las mismas consecuencias mencionadas que para los automotores, es común que no se abone todo el precio, sino que quede un saldo a pagar, y cuando el comprador no cumple con dicho pago resulta difícil recuperar el dinero, en razón que ya se ha hecho la transferencia y no se documentó debidamente la deuda.

Por estos motivos, se necesita recurrir a un asesor de confianza, ya que éste realiza una labor preventiva, extendiendo un contrato que protege a ambas partes, gestionando, estudiando y controlando información registral y diversa documentación a efectos que ambas partes se sientan seguras en el negocio que piensan realizar con la plena protección de los derechos que están implícitos en el mismo.